EL MINISTERIO DE TRANSPORTES LICITA LOS VUELOS DESDE BADAJOZ A MADRID Y BARCELONA POR 8,8 MILLONES EN DOS AÑOS
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha licitado el contrato de los vuelos sometidos a obligaciones de servicio público en las rutas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona por 8,8 millones por un periodo de dos años.
Así, se prevé que la fecha para el inicio del servicio sea el 28 de octubre de 2022, según aparece en el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este lunes y recogido por Europa Press.
Las compañías interesadas podrán presentar ofertas hasta las 15,00 horas del próximo 2 de septiembre en la Dirección General de Aviación Civil y el tipo de procedimiento será abierto acelerado.
Según aparece en la licitación en el apartado mínimos de frecuencias, condiciones horarias y capacidad, la ruta Badajoz-Madrid tendrá once frecuencias semanales (ida y vuelta), salvo en el mes de agosto.
La distribución será dos frecuencias diarias de lunes a viernes (salvo en agosto) y una frecuencia diaria de lunes a viernes el mes de agosto, y todos los domingos. La capacidad será de 54.000 asientos anuales.
En cuanto a los horarios, salvo en agosto, de lunes a viernes, la primera frecuencia deberá llegar a Badajoz entre las 08,00 y 09,00 hora local, con el vuelo de vuelta saliendo de Badajoz entre las 09,00 y las 10,00.
La segunda frecuencia, así como la frecuencia del domingo, deberán salir de Madrid entre las 17,30 y las 18,30 hora local, con el vuelo de vuelta saliendo de Badajoz entre las 19,00 y las 20,00 horas.
Durante el mes de agosto, las compañías adecuarán libremente los horarios del servicio a la demanda real del mercado. En cualquier caso, los horarios de operación se adaptarán a los horarios de apertura de los aeropuertos correspondientes.
Por su parte, en cuento a la ruta Badajoz-Barcelona, tendrá unas frecuencias mínimas de cuatro frecuencias semanales (ida y vuelta) durante todo el año, con una capacidad de 20.000 asientos anuales.
Asimismo, las compañías adecuarán libremente los días de operación y los horarios a la demanda real del mercado, siempre dentro de los horarios de apertura de los aeropuertos correspondientes.