Entra en funcionamiento el protocolo anticontaminación de la capital
La ordenanza introduce cambios con respecto al pliego anterior, no centrándose en la arbitrariedad de las matriculas pares o impares sino en el etiquetado a la hora de acceder a la capital con el vehículo privado -siendo los más afectados los vehículos de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores a 2006-. Igualmente, el consistorio ha incluido las motocicletas en el protocolo y ha previsto nuevos escenarios para atajar el problema de la contaminación en la ciudad, no permitiéndose aparcar en la zona SER a aquellos vehículos que no sean cero emisiones.
Al igual que en el protocolo anterior, la activación de episodios y escenarios se producirá cuando la previsión de la AEMET sea desfavorable para la contaminación. Así, se dispondrá el primer escenario, el cual irá avanzando de manera gradual en función de las circunstancias. En el escenario 2, además de la limitación del aparcamiento en la zona SER a los vehículos que no sean CERO o ECO, se introducen medidas de limitación del tráfico, con la limitación de la circulación de los vehículos sin distintivo ambiental, los más contaminantes, en la M-30 y su interior.
Ya en el escenario 3, la restricción de circulación a los vehículos más contaminantes se extenderá a toda la ciudad. Como novedad, se crea un nuevo escenario 4 para cuando el nivel de aviso se mantenga durante cuatro días consecutivos, en el que la limitación de circulación se extenderá también a los vehículos con clasificación ambiental B en la M-30 y su interior. El escenario 5 se corresponde con el nivel de alerta definido por la Unión Europea. En esta situación sólo se permitirá en toda la ciudad, la circulación de vehículos CERO y ECO, y el aparcamiento en el SER de los CERO emisiones, sin incluir los ECO.
Los vehículo de residentes podrán continuar estacionando en plazas SER, si bien deberán de hacerlo exclusivamente en las inmediaciones de su vivienda. También se beneficiarán del servicio los vehículos de las personas con movilidad reducida, los autorizados como comerciales e industriales del SER con calificación ambiental CERO, ECO y C, y los B hasta el 31 de diciembre de 2020, los vehículos estacionados en zonas reservadas para su actividad y los autotaxis y vehículos de alquiler de servicio público con conductor que estén en servicio y su conductor esté presente, entre otras.
También se permitirá la circulación a los vehículos comerciales e industriales de distribución urbana de mercancías (igual o inferior a 3.500 kg hasta diciembre de 2019 y superior a 3.500 kg hasta diciembre de 2022), y algunos vehículos especiales, como grúas, servicios funerarios, adaptados para la retransmisión de radio o televisión o vehículos blindados.